TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 079/84 ------------------------------ ARTICULO 1.- En todos los espectáculos artísticos y/o culturales que ------------ se desarrollen en la ciudad o partido de Balcarce, y cu- yas realizaciones se efectúen en instalaciones con acceso al público - con fines de lucro, en lugares abiertos o cerrados, bien sean de pro - piedad municipal o privada, deber n contener en su programación o de - sarrollo eventos de promoción y/o participación de artistas locales, - tales como concursos, presentaciones, muestras, exposiciones, actuacio nes, etc.--------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Asimismo y en el caso de que el espectáculo así lo requie- ------------ ra, se dará prioridad a los artistas locales correspondien tes para la realización del proyecto y ejecución de la escenografía del evento. En caso de que el proyecto presentado no cubriere los requisitos correspondientes para el espectáculo en cuestión, o tornare demasiado e- levado el costo de la citada escenografía, en comparación a similares - presentados por entidades o artistas no balcarceños, la entidad o perso- na organizadora del espectáculo deberá hacerlo saber a los proponentes - del proyecto y a la Municipalidad, dentro de las cuarenta y ocho horas - (48) de recibido el proyecto, por escrito y en forma fundada, debiendo - en el mismo acreditar documentalmente su exposición. Recibida que sea la comunicación precedente por la autoridad municipal, la misma deber re - solver sobre el particular dentro de las cuarenta y ocho horas (48).---- ARTICULO 3.- Lo estatuído en los Artículos 1º y 2º de la presente, será ------------ condición esencial para la aprobación y autorización muni- cipal para el espectáculo artístico en cuestión, con arreglo a lo dispues to en la Ley Orgánica Municipal.---------------------------------------- ARTICULO 4.- Créase el Registro Municipal de Artistas Balcarceños, el - ------------ que funcionará en el ámbito de la Dirección de Cultura Mu- nicipal, a fin de que se inscriban en el mismo los artistas locales a e- fectos de lograr el amparo que brinda la presente.---------------------- ARTICULO 5.- El Departamento Ejecutivo en el respectivo Decreto Regla - ------------ mentario establecerá las manifestaciones artísticas que se consideren incluídas en el presente, fijando para cada tipo de espectá - culo la clase y cantidad de eventos de protección.---------------------- ARTICULO 6.- Quedan exceptuados de la presente los espectáculos de ca - ------------ rácter estrictamente deportivos, tales como encuentros de fútbol, rugby, tenis, etc.; carreras de automóviles, caballos, ciclísti- cas, etc. y en general todos aquellos en que el núcleo del espectáculo - sea la práctica de deportes como así también cinematográficas.---------- ARTICULO 7.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.---------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los vein- titrés días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMADO: Alberto J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----